Buenos Aires, 12 de diciembre de 2024.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Se homologan las condonaciones de deudas por Gravámenes Inmobiliarios, Régimen Convenio Multilateral, Patentes sobre Vehículos y por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, autorizadas por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, mediante las Resoluciones que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ley, en virtud de lo dispuesto en el artículo 182 del Código Fiscal (T. O. 2024) y sus modificatorias.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

CLARA MUZZIO

PABLO SCHILLAGI

LEY N° 6.788

Sanción: 12/12/2024

Promulgación: Decreto N° 025/025 del 13/01/2025

Publicación: BOCBA N° 7037 del 14/01/2025