Buenos Aires, 05 de octubre de 2000.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Institúyese el 26 de octubre como "Día de los Cafés de Buenos Aires."

Artículo 2º.- La Comisión de Protección y Promoción de los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables organizará anualmente en ese día los actos celebratorios que considere apropiados.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.

GERARDO CONTE GRAND

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 511

Sanción: 05/10/2000

Promulgación: Decreto N° 2.043/000 del 14/11/2000

Publicación: BOCBA N° 1073 del 20/11/2000