Buenos Aires, 05 de octubre de 2000.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Institúyese el 26 de octubre como "Día de los Cafés de Buenos Aires."
Artículo 2º.- La Comisión de Protección y Promoción de los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables organizará anualmente en ese día los actos celebratorios que considere apropiados.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
GERARDO CONTE GRAND
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 511
Sanción: 05/10/2000
Promulgación: Decreto N° 2.043/000 del 14/11/2000
Publicación: BOCBA N° 1073 del 20/11/2000