Buenos Aires, 19 de octubre de 2006.-

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Institúyese el día 19 de noviembre de cada año como el "Día del Río de la Plata".

Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo organizará todos los años en esa fecha diferentes actividades en conmemoración del aniversario de la firma del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay.

Artículo 3°.- Los gastos que se deriven de la organización de las actividades del artículo precedente, serán devengados de la partida presupuestaria correspondiente.

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

ALICIA BELLO

LEY N° 2.119

Sanción: 19/10/2006

Promulgación: Decreto Nº 1.930/006 del 13/11/2006

Publicación: BOCBA N° 2568 del 17/11/2006